El distintivo “Igualdad en la Empresa” (DIE) es una marca de excelencia que otorga el Ministerio de Igualdad a empresas y otras entidades que destaquen en el desarrollo de políticas de Igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, mediante la implantación de planes y medidas de igualdad, en áreas como el acceso al empleo y las condiciones de trabajo, incluidas las medidas de conciliación y corresponsabilidad, la política retributiva con enfoque de género, la comunicación inclusiva, la Responsabilidad Social Empresarial, etc. Dicho distintivo tiene una vigencia de 5 años.

Por lo que, el Instituto de las Mujeres solicitará a las entidades distinguidas un informe de seguimiento  que refleje las actuaciones implantadas y los efectos de éstas en relación a los planes de igualdad o de las medidas de igualdad implantadas que justifiquen su obtención o bien una prórroga del distintivo DIE, una vez que hayan transcurrido dos años naturales, desde la publicación de su concesión en el BOE o desde la concesión de la prórroga.

Además, las empresas y entidades que tienen esta distinción se integran en la Red de Empresas con distintivo “Igualdad en la Empresa.

¿Cuáles son los requisitos para obtener el distintivo DIE?

 

Que la empresa esté inscrita en la Seguridad Social y, cuando proceda, se encuentre formalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda.

Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria  y Seguridad Social.

No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no discriminación, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas.

Presentar una declaración de apoyo a la candidatura, firmada por la mayoría de la representación legal de las personas trabajadoras cuando exista en la entidad o empresa o, en su defecto, por la mayoría de la plantilla.

Disponer del registro retributivo de igualdad entre mujeres y hombres.

Disponer de un procedimiento específico para la prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo.

 

Además…

Si la empresa solicitante tiene obligatoriedad de contar con un Plan de Igualdad deberá:

– Tener vigente y registrado un plan de igualdad, que incluya una auditoria retributiva, conforme a la normativa aplicable.

– Haber realizado un informe de seguimiento del plan de igualdad, durante un periodo mínimo de dos años, que tendrá que incluir a su vez al menos un año de los dos años naturales inmediatamente anteriores a la convocatoria.

– Las sociedades que no puedan formular una cuenta de pérdidas y ganancias, deberán contar con una presencia mínima de mujeres en su consejo de administración del 30 %.

Si la empresa NO tiene la obligatoriedad de contar con un Plan de Igualdad deberá:

– Tener medidas de igualdad depositadas en el Regcon, o, en su caso, contar con un plan de igualdad voluntario conforme a lo establecido en el artículo 45 y 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.

– Haber implantado medidas de igualdad durante un periodo mínimo de dos años, que tendrá que incluir a su vez al menos un año de los dos años naturales inmediatamente anteriores a la convocatoria.

Fin de plazo para solicitar el distintivo DIE: 31 de julio del 2023

 

Para más información nos puedes preguntar por:

Teléfono:

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Correo: contacto@amalteaconsultoria.es  

 

 

 

 

 

 

Distintivo DIE 1