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La protección de datos en el ámbito educativo es fundamental para garantizar la privacidad del alumnado, docentes y personal administrativo. Cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es obligatorio para colegios, institutos, universidades y academias que gestionan información personal y académica.
Protección de datos sensibles: Los centros educativos gestionan información personal de menores de edad, lo que exige mayor control y seguridad.
Obligatoriedad legal: Todos los colegios, universidades y academias deben cumplir la LOPD y el RGPD.
Sanciones severas: El incumplimiento puede derivar en multas de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual.
Digitalización segura: La gestión de matrículas, plataformas virtuales, correos electrónicos y videoconferencias debe cumplir con estrictos protocolos de seguridad.
Para tratar datos de menores de 14 años, se requiere autorización expresa de los padres o madres.
Uso de formularios de consentimiento para fotos, vídeos o actividades escolares.
Implementación de medidas de ciberseguridad en plataformas educativas.
Control de accesos en sistemas con datos de alumnado y docentes.
Protección de historiales académicos y matrículas.
Obligatorio en centros educativos públicos y universidades.
Función: supervisar el cumplimiento normativo y actuar como enlace con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Se debe obtener consentimiento antes de publicar fotos o vídeos de alumnas/os.
Prohibición de compartir información personal en redes sin autorización.
Cumplir con políticas de seguridad en e-learning y aulas virtuales.
Configuración adecuada de plataformas como Google Classroom, Microsoft Teams o Moodle.
Control de proveedores/as de software educativo y plataformas de gestión escolar.
Firma de contratos de encargo de tratamiento con empresas que manejen datos escolares.
Sí, en centros públicos y universidades. En centros privados, es recomendable.
Solo si se cuenta con consentimiento firmado de los padres, madres o tutores/as.
Usar herramientas con medidas de seguridad y configurar los accesos adecuadamente.
Se debe notificar a la AEPD en un máximo de 72 horas y tomar medidas correctivas.
Solo mediante métodos cifrados y seguros.
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En AMALTEA entendemos que cada empresa tiene necesidades únicas en cuanto a la protección de datos. Completa el siguiente formulario para que podamos ofrecerte una solución a medida que garantice el cumplimiento normativo y proteja la información sensible de tu negocio. Nuestro equipo te proporcionará una respuesta detallada y personalizada.
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