canal de denuncias o canal ético

¿Qué es el Canal ético o Canal de Denuncias?

El canal de denuncias o canal ético es una vía de comunicación interna que permite que cualquier persona de la empresa o vinculada a ella pueda comunicar o denunciar (de forma anónima o no) conductas irregulares o ilícitas que se produzcan dentro de la propia empresa. 

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¿Quién tiene la obligación de contar con un canal de denuncias?

Empresas de 50 o más personas en plantilla (según la Ley 2/2023 en España).

Entidades del sector público, incluyendo administraciones locales con más de 10.000 habitantes.

Organizaciones que gestionen fondos públicos o reciban subvenciones.

Empresas reguladas en sectores financieros, prevención de blanqueo de capitales, protección del medio ambiente y seguridad en el transporte, independientemente del número de empleadas/os.

 

 

¿Cuáles son las sanciones para las empresas que no cuenten con el canal

de denuncia compliance?

 

 La Ley establece un régimen sancionador propio, con multas a las personas físicas o jurídicas que cometan las infracciones tipificadas.

Así, por ejemplo, constituye una infracción muy grave no tener implantado el sistema o adoptar represalias contra las personas informantes, sancionable con multa de 30.001€ a 300.000€ para las personas físicas, y multa de entre 600.001€ y 1.000.000€ para las personas jurídicas.

Se podrán imponer asimismo sanciones accesorias como la amonestación, la prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo de hasta 4 años, así como la prohibición de contratar con el sector público durante 3 años

¿Quién tiene la responsabilidad de implantar el canal ético?

El órgano de administración de la empresa es el responsable de la implantación del canal denuncias.

No obstante, previamente deberá consultarlo con la representación legal de las personas trabajadoras.

comisión negociadora

¿Qué puedes denunciar?

  • Contratación pública.
  • Servicios, productos y mercados financieros.
  • Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.
  • Seguridad y conformidad de los productos comercializados.
  • Seguridad del transporte.
  • Protección del medio ambiente.
  • Seguridad de los alimentos y los piensos, la sanidad animal y bienestar de animales.
  • Salud pública.
  • Protección de las personas consumidoras.
  • Protección de la privacidad y de los datos personales, y seguridad de las redes y los sistemas de información.
  • Intereses financieros de la Unión y mercado interior.
  • Corrupción pública o privada.
  • Acoso laboral.
  • Acoso sexual, por razón de sexo o por orientación sexual.
  • Propiedad industrial o intelectual.
  • Libre competencia.
  • Subvenciones, Hacienda Pública o Seguridad Social.
  • Integridad moral o los Derechos Humanos.
  • Tráfico de influencias.
  • Conflictos de intereses.
  • Prevención de Riesgos Laborales.
  • Otras infracciones penales.
  • Otras infracciones administrativas graves o muy graves.
comisión negociadora

Para cumplir con la directiva UE 2019/1937 y que el sistema sea efectivo se requiere:

 

  • La contratación de un software de canal denuncias” para gestionar de manera adecuada el sistema, la recepción, gestión, tramitación de las denuncias y su trazabilidad.

    1. Diseñar el protocolo y manual de funcionamiento del sistema del canal de denuncias empresas.
    2. Contar con personal adecuado en formación de compliance y derecho en diferentes ámbitos, destinado a la recepción, gestión y tramitación de las denuncias recibidas, a llevar un seguimiento de las mismas y sobre todo realizar el proceso de investigación de la denuncia y su resolución, en plazo.
    3. Tener un reglamento para su uso y contar con todas las medidas de seguridad necesarias, tanto técnicas como organizativas, para garantizar la confidencialidad y anonimato de los denunciantes. Además de cumplir con las obligaciones de la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD).

     

    ¿Cómo te podemos ayudar con el canal de denuncias obligatorio?

    En AMALTEA cumplimos estrictamente con la Ley 2/2023, de Protección del Denunciante, así como con la Directiva Whistleblowing (UE 2019/1937), garantizando un sistema de canal ético seguro, confidencial y alineado con la normativa vigente.

    Nuestro equipo está especializado en la gestión de denuncias y en la aplicación de protocolos de ética y cumplimiento, asegurando que cada comunicación sea tratada con la máxima imparcialidad, transparencia y confidencialidad.

    Nos comprometemos a ofrecer un servicio de Canal Ético fiable, profesional y adaptado a las necesidades de cada organización.

    Si necesitas más información o tienes dudas sobre el canal de denuncias, puedes contactar con el Departamento de Cumplimiento en: canaletico@amalteaconsultoria.es

    Canal de denuncias ejemplo:

    Son muchas las empresas que han apostado por implantar su canal de denuncias whistleblowing con Amaltea, es por esto que te dejamos aquí una muestra de como sería el canal ético de tu empresa: canal de denuncias empresas. 

    Por lo que, con el fin de cumplir con  la Ley 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, te animamos a que nos contactes para así poder informarte con más detalle acerca de este canal interno.

    Preguntas Frecuentes (FAQ)

    ¿Puedo hacer una denuncia anónima?

    Sí, puedes presentar la denuncia sin revelar tu identidad.

    ¿Cómo garantizan que no habrá represalias?

    La empresa está comprometida con la protección de denunciantes y prohíbe cualquier acción en su contra.

    ¿Qué pasa si hago una denuncia falsa?

    Las denuncias falsas pueden tener consecuencias legales. Se insta a los y las denunciantes a actuar con responsabilidad y buena fe.

    ¿En cuánto tiempo recibiré respuesta?

    El tiempo de respuesta dependerá de la complejidad del caso. Si bien, por lo general, se notificará el estado de la denuncia en un plazo razonable. En nuestro Protocolo le informaremos de los plazos estipulados para cada fase.

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